Son muchas, y muy variadas, las consecuencias derivadas de la declaración del Estado de Alarma y de la crisis posterior ocasionada por el COVID-19. En Ibiza Lawyers estamos a tu plena disposición para ayudarte en cualquiera de ellas. Puedes pulsar en los siguientes temas para más información, y ponerte en contacto con nosotros en info@ibizalawyers.com
Arrendamientos de local de negocio, de empresa, etc.
El cierre de la mayoría de comercios, así como de los restaurantes, bares, locales de ocio, etc. ha acarreado gravísimas consecuencias, especialmente en Baleares. En los casos en los que existe un contrato de arrendamiento las consecuencias se hacen aún más visibles, tanto para arrendador (dificultad para cobrar la renta) como para arrendatario (dificultad para pagar la renta). Desde Ibiza Lawyers ofrecemos un asesoramiento personalizado, prestando atención a todas las circunstancias del caso, estudiamos la posible aplicación de la causa de fuerza mayor para negociar el importe y la forma de pago de la renta, intermediamos para encontrar una solución amistosa entre las partes, y si ello no es posible, te defendemos ante los Tribunales de Justicia con la máxima profesionalidad y dedicación.
Arrendamientos de vivienda
Las consecuencias económicas derivadas de la crisis del coronavirus provocan muchas tensiones en el mercado del arrendamiento de vivienda, un mercado que en los últimos años en Ibiza ha sufrido un gran aumento, tanto en precios como en demanda. Ante esta situación, defendemos tus intereses, tanto como arrendador como arrendatario. Asimismo te asesoramos en la solicitud de ayudas aprobadas por el Gobierno.
Contratos de arras, opciones de compra, etc. firmados con anterioridad a la declaración del Estado de Alarma
Son numerosos los contratos suscritos con anterioridad a la declaración del Estado de Alarma, contratos que se ven afectados por la actual crisis sanitaria. ¿es posible anular un contrato ya firmado en atención a la crisis del Covid-19?, ¿es posible exigir el cumplimiento de los contratos ya firmados?, ¿qué ocurre con los plazos para el ejercicio de un derecho de opción de compra?. Todas estas cuestiones deben ser analizadas pormenorizadamente. Nuestro equipo es especialista en cuestiones de derecho inmobiliario, con más de 35 años de experiencia, por lo que su caso será atendido con la mayor profesionalidad y eficacia.
Sanciones por saltarse el confinamiento
El Real Decreto por el que se aprueba el Estado de Alarma establece una prohibición generalizada de utilizar la vía pública salvo en una serie de supuestos tasados. En caso de incumplimiento, se prevé la imposición de las sanciones previstas en la Ley de Seguridad Ciudadana (denominada comúnmente Ley Mordaza). Estas medidas se han adoptado para garantizar la seguridad de todas las personas. Sin embargo, el fin no justifica los medios, y mucho menos en un Estado de Derecho. Las actuaciones de los agentes de las fuerzas y cuerpos de seguridad siguen sometidas al principio de legalidad, y las sanciones, al principio de tipicidad. Es más, el propio Real Decreto 463/2020 por el que se declara el Estado de Alarma debido al Coronavirus podría incluso ser contrario a la Ley Orgánica 4/1981 que regula los estados de alarma, excepción y sitio. Según esta norma, de rango superior jerárquica al Real Decreto, en los estados de alarma se puede limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarlas al cumplimiento de ciertos requisitos. Sin embargo, mediante el Real Decreto actualmente vigente, la limitación a la circulación no se limita a horas y lugares determinados, sino que se aplica a todo el territorio nacional, y en todo momento, lo cual plantea serias dudas acerca de su legalidad.
Asimismo, ante la imposición de sanciones, debe analizarse caso por caso si se han aplicado correctamente los principios de proporcionalidad, de tipicidad de las infracciones, de interdicción de la arbitrariedad, etc. o si la salida en cuestión dentro del confinamiento estaba justificada.
Desde Ibiza Lawyers apelamos a la responsabilidad de las personas a la hora de quedarse en casa y respetar las medidas de confinamiento y cuarentena. Respetar el confinamiento es necesario para la seguridad de todos. Sin embargo, se producen situaciones en las que, pese a desplazarse de forma justificada, las autoridades han podido imponer sanciones contrarias a legalidad. En esos casos te defendemos, tanto en fase de alegaciones, de recurso administrativo y/o ante los Tribunales de Justicia, tribunales que tendrán la última palabra ante el caos ocasionado por la divergencia de criterios aplicados por las autoridades y la incertidumbre normativa.
Delitos derivados del confinamiento: desobediencia a la autoridad, atentado, delitos contra la salud pública, etc.
Las consecuencias más graves derivadas de saltarse el confinamiento pueden tener carácter penal. Concretamente, estamos haciendo referencia a tres comportamientos tipificados por el Código Penal: a) La resistencia a la autoridad o a sus agentes, entendida siempre como una resistencia grave (si fuese leve, quedaría como infracción administrativa). En algunos de los casos, los agentes públicos pueden considerar que se trata de agresión, violencia o intimidación, lo que elevaría la categoría delictiva a atentado; b) La desobediencia grave a la autoridad, a sus agentes o al personal de seguridad privada cooperador; c) Falta de respeto y consideración debida a la autoridad. El Código Penal tipifica esta conducta como un delito leve. Las faltas de respeto y consideración debida a la autoridad, cuando estén ejerciendo sus funciones, está penado con multa de uno a tres meses.
Todos estos supuestos deben ser debidamente enjuiciados ante los Tribunales de Justicia, en un procedimiento en el que se deben respetar y garantizar todos los derechos del investigado, por lo que resulta imprescindible contar con una defensa legal de la máxima confianza.
Concurso de acreedores, morosidad, etc.
Las consecuencias derivadas del cierre de establecimientos, negocios, la pérdida de trabajo, las dificultades que atraviesan los autónomos, etc. pueden derivar en la inviabilidad de una empresa, o la imposibilidad de atender todas las deudas, tanto en caso de personas físicas como jurídicas. En estos casos, es recomendable, y en algunos casos, obligatorio, el inicio de un procedimiento concursal. Desde Ibiza Lawyers te asesoramos, tanto con carácter previo a la solicitud (preparación de documentación, análisis patrimonial, viabilidad), como a lo largo de todo el procedimiento concursal, ya sea hasta la firma del convenio concursal, o hasta la liquidación de la sociedad, defendiendo siempre los intereses de nuestros clientes con la máxima profesionalidad.
Por otro lado, la crisis económica derivada del coronavirus puede conllevar, entre otras consecuencias, el impago de deudas. Desde nuestro bufete te asesoramos mediante la reclamación extrajudicial, y si fuere necesario, por vía de los Tribunales de Justicia, con reclamación de los intereses y de todas las costas judiciales que se generen.
Custodia de menores, separaciones, etc.
La situación derivada del Covid-19 está causando graves consecuencias en aquellas familias que se hallan separadas, y que tienen hijos en común. Equilibrar, por un lado, el derecho de los hijos a ser atendidos y cuidados por ambos progenitores y una cierta normalización en las relaciones familiares y, por otro contemplar el derecho a la salud y la prevención de transmisión del virus, supone todo un reto. El cumplimiento estricto del convenio regulador de separación o divorcio, o en su caso, las medidas provisionales, se puede hace extremadamente complicado. En estas situaciones te ofrecemos, desde la experiencia y profesionalidad de nuestro bufete, un asesoramiento jurídico integral, con el fin de adaptarse a la situación actual, pero en el que se respeten tus derechos.
Nuestra filosofía
La satisfacción de nuestros clientes es nuestro principal objetivo y razón de ser